Aporte al IESS 2026: cuánto descuentan y cómo afiliarte
Cuánto te descuenta el IESS en 2026 (9,45%), cuánto paga tu empleador (11,15%), fondos de reserva y cómo revisar tu afiliación con la cédula.
Actualizado: 4 de octubre de 2026.
Respuesta corta: en Ecuador, si trabajas con relación de dependencia, el IESS te descuenta el 9,45% de tu sueldo cada mes y tu empleador paga aparte otro 11,15%: en total, 20,60%. Con el sueldo básico de 2026 (USD 482), te descuentan USD 45,55 y recibes USD 436,45. El empleador tiene que afiliarte desde el primer día de trabajo.
Si quieres ver cuánto te queda a ti, pon tu sueldo en la calculadora de sueldo neto.
¿Cuánto se paga al IESS en 2026?
| Quién paga | Porcentaje | Con sueldo de USD 482 | Con sueldo de USD 600 | Con sueldo de USD 1.000 |
|---|---|---|---|---|
| Tú (aporte personal) | 9,45% | USD 45,55 | USD 56,70 | USD 94,50 |
| Tu empleador (aporte patronal) | 11,15% | USD 53,74 | USD 66,90 | USD 111,50 |
| Total al IESS | 20,60% | USD 99,29 | USD 123,60 | USD 206,00 |
Lo que pones tú se descuenta de tu sueldo. Lo que pone el empleador sale de su bolsillo: no te lo pueden descontar.
¿Cómo calculo mi descuento del IESS?
- Toma tu sueldo del mes más las horas extra y comisiones de ese mes.
- Multiplica ese total por 0,0945.
- El resultado es tu aporte. Lo que queda es lo que recibes (antes de otros descuentos como préstamos o anticipos).
Ejemplo: ganas USD 600 y este mes hiciste USD 40 de horas extra.
- Total del mes: 600 + 40 = USD 640.
- Aporte al IESS: 640 × 9,45% = USD 60,48.
- Recibes: 640 – 60,48 = USD 579,52.
Lo que no paga IESS: el décimo tercero, el décimo cuarto y los fondos de reserva no tienen descuento. Te lo explicamos en la guía del décimo tercero y décimo cuarto.
¿Qué me da estar afiliado al IESS?
Con tus aportes tienes derecho a:
- Atención médica para ti en los hospitales y centros del IESS.
- Cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades por tu trabajo.
- Jubilación cuando cumplas los requisitos de edad y aportes.
- Fondos de reserva desde tu segundo año en la misma empresa.
- Préstamos quirografarios e hipotecarios del BIESS, según tus aportes.
- Seguro de desempleo, si cumples los requisitos.
¿Desde cuándo me tienen que afiliar?
Desde el primer día de trabajo, sin importar si es periodo de prueba o contrato de Medio tiempo. El IESS recuerda que el empleador debe hacer el "aviso de entrada" en su página dentro de los primeros 15 días, y pagar los aportes del mes dentro de los 15 días del mes siguiente.
No afiliar a un trabajador tiene sanciones: multas para las empresas y, en el caso de empleadores que son personas naturales y no afilian dentro de 30 días, la ley prevé incluso días de cárcel.
Cómo saber si estás afiliado, paso a paso
- Entra a la página del IESS.
- Busca la opción de consulta de afiliación o historia laboral.
- Escribe tu número de cédula.
- Revisa que aparezca tu empleador actual y que estén todos los meses con aportes.
Si falta algún mes, pide a tu empleador que lo regularice. Si no lo hace, puedes denunciar en el IESS o en el Ministerio del Trabajo.
¿Qué son los fondos de reserva y cuánto me toca?
Los fondos de reserva son un beneficio de 8,33% de tu sueldo al mes (es decir, un sueldo extra repartido en el año). Empiezas a recibirlos desde el segundo año trabajando para el mismo empleador. El primer año no se generan.
Ejemplo: ganas USD 600 y ya pasaste tu primer año en la empresa. Cada mes te corresponden 600 × 8,33% = USD 49,98 de fondos de reserva.
Tienes dos formas de recibirlos:
- Cada mes con tu sueldo: es lo que pasa si no pides nada.
- Ahorrados en el IESS: lo pides en la página del IESS (solicitud de acumulación). El empleador deposita el 8,33% cada mes en tu cuenta del IESS y lo puedes retirar después, según las reglas del IESS.
Los fondos de reserva tampoco tienen descuento del IESS.
¿Y si trabajo por mi cuenta?
Si trabajas como Freelance, tienes un negocio propio o haces trabajos sueltos, puedes afiliarte de forma voluntaria en la página del IESS. El porcentaje y el valor mínimo para afiliados voluntarios los fija el IESS y cambian con el sueldo básico; revisa los valores vigentes directamente en iess.gob.ec antes de inscribirte.
Fuentes oficiales
- IESS: porcentajes de aportación, afiliación obligatoria y fondos de reserva.
- Código del Trabajo, artículo 196 (fondos de reserva).
- Ministerio del Trabajo: Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (SBU 2026 de USD 482).
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Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto me descuenta el IESS de mi sueldo en 2026?
- El 9,45% de tu sueldo y demás ingresos que pagan aporte (como horas extra y comisiones). Con el sueldo básico de USD 482, el descuento es de USD 45,55 al mes.
- ¿Cuánto paga el empleador al IESS por cada trabajador?
- El 11,15% de tu sueldo, que pone la empresa aparte y no se descuenta de lo tuyo. Entre los dos aportes suman 20,60% de tu sueldo.
- ¿Desde cuándo me tienen que afiliar al IESS?
- Desde el primer día de trabajo. El empleador debe registrar el aviso de entrada en la página del IESS dentro de los primeros 15 días.
- ¿Qué son los fondos de reserva?
- Un pago del 8,33% de tu sueldo (un sueldo al año) que recibes desde tu segundo año en la misma empresa. Puedes cobrarlo cada mes con tu sueldo o pedir que se ahorre en el IESS.
- ¿Es legal que me paguen más a cambio de no afiliarme?
- No. La afiliación es obligatoria y no se puede renunciar a ella, aunque tú lo pidas. Sin afiliación pierdes atención médica, cobertura por accidentes de trabajo, jubilación y fondos de reserva.